Es una verdad que el ciudadano de a pie lo dice constantemente y que dentro de lo permitido puede ser cierto al no poder alcanzar la regla áurea o de oro: “no hagas a los demás lo que no quieres que a ti te hagan”, que sin castigo preciso, acertado, proporcional y ágil no es justicia.

Los abogados sabemos bien que cuando se busca justicia tenemos que ponderar cuanto dolor y placer podemos encontrar y si hay violación de la regla áurea. La justicia, al castigar lo que hace es usar un criterio objetivo que presupone el orden de la moral y el derecho positivo: “condúcete con los demás como tú quieres que se conduzcan contigo.” Puede ser una regla de vida en sentido ético que lleva a la conclusión, que para impartir justicia se debe tener en cuenta la filosofía, la sociología y el derecho. Pero si tarda en llegar la tan anhelada justicia se convierte en no justicia. De la Casación resuelta en el caso soborno, dicen los congéneres que ha sido persecución judicial por lo rápido con que se ha seguido el proceso.
La justicia no tiene por qué demorar si se tiene todo reglado. Se ha mal acostumbrado a que la justicia tarde cualquier cantidad de tiempo en la generalidad de los procesos. Este juicio nos abre los ojos para ver que cuando los jueces respetan los términos y plazos se puede brindar oportuna justicia. Lo mismo sucede en lo Constitucional, Administrativo. En cambio, los ciudadanos de a pie tienen que recorrer años implorando justicia. No solo es eso, sino que, sin cuadrar objetivamente la sustanciación proceden ilegalmente, manchando la justicia.
Ab. Franklin Lituma Manzo – litumafranklin@hotmail.com
